El complemento de pensión por generación demográfica o maternidad consiste en una mejora económica de la pensión dirigido inicialmente a las mujeres, madres de dos o más hijos biológicos o por adopción que hayan recibido una pensión por primera vez en el periodo de vigencia de la norma y se les aprobó de oficio al recibir la primera pensión.

Tras diversas demandas que han llegado a instancias europeas, y la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea se le ha otorgado el derecho a este complemento también a los hombres puesto que su aportación es igual de necesaria.  Por ello son beneficiarios de este complemento de pensión también los padres de dos o más hijos que hayan percibido por primera vez la pensión de jubilación, viudedad o incapacidad en el periodo de vigencia de la norma indicado.  El padre y la madre, tienen derecho a recibir dicho complemento de pensión.

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