Es una prestación económica de la Seguridad Social consistente en una pensión que se concede a los/las hijos/as de la persona fallecida y a los/las aportados/as por su cónyuge.
La prestación económica se calcula aplicando el porcentaje del 20% a la correspondiente base reguladora, siendo ésta diferente según la situación laboral del fallecido en la fecha de fallecimiento y de la causa que determine la muerte.
Cuando no sobreviva ninguno de los progenitores, las prestaciones correspondientes al huérfano absoluto se incrementarán, según la situación de que se trate.